Novedad en la publicidad de contratos menores tras la Ley de Transparencia

Las obligaciones con respecto a la publicidad de los contratos públicos que emanan de la legislación sobre transparencia son complementarias y, en el caso de los contratos menores, más amplias que las que establece la legislación sobre contratación pública.

Por ello, la Dirección de la Oficina Para la Ejecución de la Reforma de la Administración (OPERA), encargada de la gestión del Portal de Transparencia a través de la Oficina de Transparencia y Acceso a la información (OTAI), solicitó a la Dirección General del Patrimonio del Estado (adscrita al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y órgano responsable de la gestión de la Plataforma de Contratación del Sector Público), la realización de las modificaciones oportunas en ésta para que los Órganos de Contratación usuarios de la misma pudieran publicar en ella la información relativa a sus contratos menores y, más importante, para que la información sobre la totalidad de los contratos publicada en la Plataforma pudiera incorporarse en el Portal de Transparencia con las ventajas que dicho mecanismo conlleva.

Los preceptos relativos a la publicidad de los contratos públicos recogidos en la Ley de Transparencia entraban en vigor ayer, 10 de diciembre de 2014, por lo que el Portal de Transparencia debe estar ya operativo coincidiendo con esa fecha. Sin embargo, hay que tener en cuenta que no se incluyen los contratos menores que se hayan tramitado mediante anticipos de caja fija.

 

 

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