La odisea de inscribirse en el ROLECE
Como Vds ya saben para los nuevos procedimientos abiertos simplificados es obligado, desde el pasado mes de septiembre de 2018, estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Dada esta obligatoriedad y el plazo de gracia de 6 meses dado desde la entrada en vigor de dicha ley en marzo de 2018, nos preguntamos por qué es tan complicado realizar la inscripción. Y no comprendemos por qué han existido tanta imprevisión y tanta improvisación.
Pasamos de presentar la documentación físicamente en el Registro de sus oficinas de la calle José Abascal, a no admitirla allí y tener que presentarla a través del Registro de la calle Alcalá.
Por otro lado, cada poco tiempo cambian los requisitos a aportar, por lo que si se encuentra uno a medias en el trámite cuando intenta completarlo se encuentra con que han modificado el procedimiento y… ¡vuelta a empezar!. Con la desesperación que esto produce a la empresa que emplea una y otra vez sus medios en un trámite que tendría que ser simple y claro.
En honor a la verdad, algunos pocos fueron los afortunados que coincidieron con un momento que debió ser de máximo apogeo y «abrieron la mano» simplificando al mínimo los requisitos y enviando las conformidades, es decir, los certificados de inscripción en tiempo récord. Pero la empresa que, antes de estos pocos, ya había solicitado la inscripción era «saltado» por estos afortunados, sin que por haber realizado los trámites antes tuvieran prioridad en la tramitación de la inscripción.
Hoy, y no me atrevo a aventurar qué pasará mañana, vuelven a complicarse los trámites, volviendo a tener que completar la documentación tecleandola en la plataforma.
Otro problema gravísimo es que cada certificado de inscripción se emite de una manera diferente y para que te sirva como acreditación de la solvencia económica si se es propuesto como adjudicatario de alguna licitación, aún habiendo aportado las últimas cuentas anuales registradas de la empresa como trámite exigido por el ROLECE, a menudo no figura este punto en el certificado que se emite, por lo que los Organismos no lo aceptan y se deben aportar las cuentas como si no se estuviera inscrito en el ROLECE.
No es menos alarmante, a nuestro entender, el hecho de que si se necesita consultar alguna cuestión sobre el procedimiento, no cogen el teléfono, tardan una eternidad en contestar por correo electrónico (tarde y con mal talante) y, lo que es peor, si vas físicamente a su sede no te atienden ya desde hace meses.
Teniendo en cuenta que es un servicio público y de obligado cumplimiento por ley para determinados procedimientos, ¿no hay nadie en la Administración que se siente a pensar en darle una solución efectiva a este tema?.
Desde aquí, no perdemos la esperanza… ¿ilusos?