El Senado aprueba el proyecto de la nueva Ley de Contratos del Sector Público
El Senado ha aprobado el pasado 27 de septiembre el proyecto de Ley de Contratos del Sector Público.

El Pleno del Senado no ha incorporado ninguna enmienda nueva, tras la introducción por parte de la Comisión de Hacienda del Congreso de tres enmiendas al proyecto de ley, con el fin de que prevalezcan los convenios colectivos que marque la ley, priorizando así los contratos del sector público con las compañías con convenios de empresa pactados, frente a los sectoriales.
Como ya hemos señalado en entradas anteriores de este blog, se estima que el conjunto de contratos del sector público supone aproximadamente un 20% del PIB nacional.
El proyecto de Ley permitirá que España cuente con una nueva y mejor legislación de contratos de sector público adaptada a la normativa de la Unión Europea.
Además,
Entre las principales novedades de esta norma se contempla la prohibición de las indemnizaciones por expectativas de mercado no cumplidas, lo que dificultará la asunción de responsabilidades patrimoniales por parte de la Administración pública ante proyectos fracasados, como puedan ser los casos de las autopistas radiales o el proyecto Castor.
Además, el texto recoge otras enmiendas acordadas por los grupos para garantizar un mayor control en los procesos de adjudicación, ya que incluso se crea la figura de responsable del contrato para que el adjudicatario sepa a qué persona dirigirse y que también se ocupará de vigilar la ejecución de los trabajos. Esta figura ya existía «de facto» en la mayoría de los contratos, si bien es verdad que no en todos los casos, dándose el caso de ser prácticamente imposible contar con un interlocutor válido por parte de los adjudicatarios.
Del mismo modo, para los contratos de obras se reducen hasta 40.000 y 15.000 euros los límites vigentes de 50.000 euros para contratos de obras y 18.000 euros para el resto (siempre sin impuestos).
Otra de las novedades introducidas en la nueva ley es la reducción del margen que tendrán las administraciones para adjudicar directamente contratos a un prestador de servicio en los conocidos como contratos menores.
En ningún caso podrán adjudicarse contratos sin publicidad, extremo que ya estaba recogido en el proyecto de ley que presentó el Gobierno ante el Congreso.
Otro cambio importante que se introduce en el proyecto de ley es la constitución de un organismo dependiente del Ministerio de Economía, cuyos miembros contarán con un mandato de 6 años para evitar que se vean afectados por los cambios de legislaturas.