Subasta electrónica
Para la adjudicación de un contrato público puede celebrarse una subasta electrónica la cual, tras una primera valoración de las ofertas, se articula como un proceso repetitivo basado en un dispositivo electrónico que permite la presentación de mejoras en los precios y la clasificación de las ofertas a través de métodos de evaluación automáticos.
La subasta electrónica puede emplearse en los procedimientos abiertos, en los restringidos y en determinados negociados (cuando las ofertas en otros procedimientos anteriores han sido irregulares o inaceptables), así como para la licitación de contratos basados en acuerdos marco o sistemas dinámicos de contratación.
En cada convocatoria anunciada a licitación se indica si se va a emplear la subasta electrónica y es posible tanto si para la adjudicación del contrato se utiliza un solo criterio (el del precio), como si se emplean varios criterios.
Antes de proceder a la subasta electrónica se efectúa una primera evaluación completa de las ofertas de conformidad con los criterios de adjudicación y a continuación se invita simultáneamente, por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, a todos los licitadores que hayan presentado ofertas admisibles a que presenten nuevos precios revisados a la baja que mejoren la oferta.
Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, se acompaña a la invitación el resultado de la evaluación de la oferta presentada por el licitador. Esta ponderación se incorpora a la fórmula matemática que se utilizará para la reclasificación automática de las ofertas en función de las nuevas mejoras que se presenten.

Los licitadores invitados pueden acceder a la plataforma de subastas electrónicas utilizando las claves de acceso que se les faciliten.