¿Puede una empresa pública licitar?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado que las administraciones públicas pueden concurrir a licitaciones públicas siempre que estén habilitadas para ofrecer servicios en el mercado.

El TJUE emitió esa sentencia en respuesta a una consulta del Tribunal Català de Contractes del Sector Públic debido al recurso presentado por la empresa pública catalana Consorci Sanitari del Maresme tras haber sido excluida de un procedimiento.

La respuesta del Consorci Sanitari del Maresme fue la interposición ante el Tribunal Català de Contractes del Sector Públic un recurso contra la decisión de la mesa de contratación. Esto llevó a que el tribunal catalán se dirigiera entonces al TJUE planteando, en concreto, las siguientes tres cuestiones:

– Si una empresa de titularidad pública podía concurrir al concurso (se trataba de un concurso para la contratación del servicio de resonancia magnética).

– Si la ley europea ha sido correctamente traspuesta al derecho español.

– Si el Tribunal Català de Contractes del Sector Públic puede ser calificado como órgano jurisdiccional de uno de los Estados miembros según el Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE).

En su sentencia, el TJUE responde positivamente a las tres cuestiones y legitima el derecho de una empresa pública a presentarse a una licitación.

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