Nuevo marco fiscal para las pymes

El año 2015 traerá muchas novedades fiscales para las pequeñas y medianas empresas. La reforma, que fue finalmente aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 1 de agosto, plantea dudas a las empresas, puesto que en función de cómo repartan su beneficio podrán conseguir más deducciones. Por este motivo, entender el nuevo sistema impositivo es clave para sacarle el máximo partido.

Para las pymes, que representan el 95% del tejido productivo español, se mantiene el régimen especial de entidades de reducida dimensión con un tipo del 25%.

Esto implica que algunas empresas medianas, que se encontraban en disposición de dar el salto a gran empresa, prefirieran frenar su crecimiento para no tener que soportar una tributación mayor.

Las empresas de dimensión reducida mejorarán al pasar de un tipo del 25%-30% (25% para los primeros 300.000 euros de base y 30% para el exceso) a un 25%-28% en 2015 y a un 25% en 2016, teniendo en cuenta que estas entidades sólo ganan la rebaja de cinco puntos de base respecto a 300.000 euros».

A pesar del tipo nominal general del 25%, las pymes podrán ver reducido el tipo de gravamen del Impuesto de Sociedades en casi cinco puntos porcentuales, hasta el 20,25%, con la aplicación de las dos nuevas reservas contables que ha creado el Gobierno en su reforma fiscal: la de nivelación y la de capitalización.

Las pymes podrán crear una reserva de fondos propios haciendo uso de su beneficio no repartido y con el objetivo de compensar pérdidas. En este sentido, la denominada reserva de nivelación permitirá la deducción de la base imponible de hasta un 10%. Esta reducción podrá hacerse siempre con un límite de hasta un millón de euros y supondrá una reducción del tipo de hasta el 22,5%.

Toda la cantidad de dinero destinado a esta reserva de nivelación compensará futuras posibles pérdidas, ya que se premia con menos carga impositiva a las pymes que son previsoras.

Hacienda ha creado, además, la reserva de capitalización, que viene a sustituir la deducción por reinversión de beneficios, que ha sido eliminada con la reforma fiscal. Esta nueva modalidad, que es válida para todas las sociedades con independencia del tamaño que tengan, permitirá, en el caso de las pymes, seguir bajando el tipo hasta el 20,25%, siempre que se aplique conjuntamente con la medida anterior.

Ambas medidas planteadas por Hacienda permitirán a las pequeñas y medianas empresas que no pueden obtener financiación externa acceder a una forma de autofinanciación exenta de impuestos. No obstante, estas deducciones fiscales se aplican sobre beneficios y no todas las empresas están generándolos en la actualidad.

El Gobierno pretende facilitar la creación de más empresas. Para ello, estudiará la reducción de ciertas retenciones a aquellos trabajadores autónomos que decidan convertirse en administradores de sociedades.

La reforma fiscal mantiene el tipo reducido del 15% para las empresas de nueva creación, incluido en la Ley de Emprendedores. Este tipo se aplica sobre los primeros 300.000 euros de base imponible durante los dos primeros años con beneficios; el exceso tributará al 20%.

La reforma fiscal aumenta las desgravaciones por investigación y desarrollo (I+D) para mejorar la competitividad. Aquellas empresas que destinen cuantías superiores al 10% de su cifra de negocio podrán elevar de 3 a 5 millones de euros anuales el importe monetizable de la deducción por este concepto. Así, el Gobierno pretende adelantar e incrementar la seguridad de las deducciones efectivas de las cantidades invertidas.

Los trabajadores autónomos con rentas de hasta 15.000 euros han sido los primeros beneficiados de la nueva reforma fiscal que ha presentado el Ministerio de Hacienda, puesto que, desde el pasado mes de julio, ya tienen menores retenciones fiscales en el IRPF. Concretamente, este grupo de profesionales ha pasado de pagar un 21% a hacerlo a un 15%.

En España, hay alrededor de 550.000 autónomos con rentas inferiores a 15.000 euros anuales. Para ellos, esta medida supondrá un ahorro de unos 360 euros en los próximos seis meses, según los cálculos realizados por ATA. Tendrán disponibles, por tanto, unos 60 euros más al mes, lo que representa alrededor de 720 euros anuales.

El resto de los autónomos, que en la actualidad tributan al 21%, también tendrán una rebaja. De esta manera, pasarán en dos años a un tipo general del 19%.

Sí se verá afectado respecto a la eliminación de la deducción del 5% de gastos de difícil justificación (comidas, taxis, gasolina, teléfono, material de papelería u otros gastos supuestamente imprescindibles para el buen desarrollo del trabajo, como pueden ser ordenadores personales o hasta trajes). Esta deducción se limitará a 2.000 euros anuales.

El grueso de esta reforma fiscal entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2015, aunque la segunda rebaja del tipo impositivo para todas las empresas no se aplicará hasta 2016. Así, Hacienda trata de acompasar la reforma con la evolución del déficit público, ya que podría paralizar la segunda fase de la rebaja del impuesto si no se cumplen las previsiones.

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